Juicio en la Audiencia Nacional

Guía penal · Audiencia Nacional

Me enfrento a un juicio en la Audiencia Nacional: qué debo hacer

Qué asuntos juzga la Audiencia Nacional, cómo son sus procedimientos y por qué la defensa se decide en la fase de instrucción. Guía para quien afronta una causa ante este órgano.

Respuesta rápida

Si te enfrentas a un procedimiento en la Audiencia Nacional, necesitas una defensa penal especializada en este órgano y en su tipo de causas desde el primer momento. La Audiencia Nacional conoce de los asuntos más complejos —terrorismo, criminalidad organizada, delitos económicos de gran escala, corrupción, extradición y cooperación internacional—, con instrucciones largas, documentación voluminosa y una técnica probatoria exigente. Lo decisivo es contar cuanto antes con un abogado que conozca este terreno, estudie a fondo la causa y construya la estrategia con tiempo.

¿Qué es la Audiencia Nacional y qué asuntos juzga?

La Audiencia Nacional es un órgano judicial con sede en Madrid y competencia en toda España para una serie de materias especialmente graves o de alcance supraterritorial. Su Sala de lo Penal conoce, entre otros, de delitos de terrorismo; delitos cometidos por organizaciones o grupos criminales que producen efectos en varias provincias; delitos económicos y societarios de gran magnitud (grandes fraudes, falsificación de moneda, delitos contra la Hacienda Pública de especial trascendencia); delitos de corrupción y delitos cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones con repercusión supraterritorial; tráfico de drogas a gran escala cometido por organizaciones; delitos contra la Corona; determinados delitos cometidos fuera del territorio nacional cuya persecución corresponde a España; y los procedimientos de extradición pasiva y de ejecución de órdenes europeas e internacionales de detención. No es un juzgado ordinario: por el tipo de causas que tramita, los procedimientos suelen ser de gran complejidad, con instrucciones prolongadas y abundante prueba.

¿En qué se diferencia un procedimiento en la Audiencia Nacional?

En su escala y su complejidad técnica. Las causas de la Audiencia Nacional se caracterizan habitualmente por sumarios muy voluminosos, pluralidad de investigados, diligencias de investigación sofisticadas (intervenciones de comunicaciones, entradas y registros, comisiones rogatorias internacionales, informes periciales económicos o tecnológicos) y una duración considerable. Esto significa que la defensa no se improvisa: requiere un estudio exhaustivo de toda la causa, el dominio de la prueba y de sus posibles defectos, y una estrategia desplegada a lo largo de todo el procedimiento, no solo en el juicio oral. La diferencia entre una defensa eficaz y una insuficiente se nota especialmente en este tipo de asuntos.

¿Qué fases tiene el procedimiento?

A grandes rasgos, el procedimiento penal ante la Audiencia Nacional atraviesa una fase de instrucción, en la que los Juzgados Centrales de Instrucción investigan los hechos y practican diligencias; una fase intermedia, en la que se decide si procede abrir juicio oral y se formulan los escritos de acusación y defensa; y la fase de juicio oral ante la Sala de lo Penal, donde se practica la prueba y se dicta sentencia. Cada fase tiene su propia estrategia: en la instrucción se combate la imputación y se controla la regularidad de las diligencias; en la fase intermedia se discute la apertura del juicio y se proponen las pruebas; y en el juicio oral se despliega la defensa ante el tribunal. Intervenir bien desde la instrucción es determinante, porque muchos asuntos se ganan o se comprometen mucho antes del juicio.

¿Por qué es tan importante la fase de instrucción?

Porque es donde se construye —o se desmonta— la acusación. En las causas de la Audiencia Nacional, buena parte de la prueba de cargo se genera durante la instrucción: intervenciones telefónicas, entradas y registros, informes periciales, declaraciones. Cada una de esas diligencias tiene requisitos de validez estrictos, y los defectos en su práctica (una intervención acordada sin indicios suficientes, un registro con defectos en el auto habilitante, una cadena de custodia irregular) pueden determinar la nulidad de la prueba y el derrumbe de la acusación. Una defensa que espera al juicio oral para reaccionar llega tarde: el trabajo técnico de impugnación probatoria debe empezar en la instrucción.

¿Qué debo hacer si me investigan o me cita la Audiencia Nacional?

  • Contacta cuanto antes con un abogado penalista con experiencia ante la Audiencia Nacional; no esperes a fases avanzadas.
  • No declares sobre los hechos sin haber estudiado la causa y preparado la estrategia con tu abogado.
  • Reúne y entrega a tu defensa toda la documentación relevante de tu situación.
  • Si hay riesgo de detención o de medidas cautelares, prepara con tu abogado la documentación de arraigo.
  • Mantén una comunicación constante y confidencial con tu letrado a lo largo de todo el procedimiento.

¿Necesito un abogado especialista en la Audiencia Nacional?

Sí, y marca una diferencia real. No basta con un penalista generalista: la Audiencia Nacional tiene una dinámica propia, un tipo de causas específico y una exigencia técnica elevada, especialmente en materia de prueba, cooperación internacional y delitos económicos. Un abogado con experiencia ante este órgano conoce cómo se construyen estas causas, dónde están sus puntos débiles y cómo desplegar la defensa en cada fase. En Fechenbach Abogados intervenimos habitualmente ante la Audiencia Nacional en asuntos de alta complejidad, extradición y cooperación judicial internacional, con resultados acreditados.

Un caso real ante la Audiencia Nacional

La calidad de la defensa puede cambiar el desenlace incluso en los asuntos más difíciles. En un procedimiento ante la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, este despacho obtuvo una resolución favorable en materia de entrega internacional: la Audiencia Nacional dictó el Auto nº 00307/2026, de 21 de abril de 2026, por el que declaró no haber lugar a la extradición a Emiratos Árabes Unidos de un ciudadano reclamado para el cumplimiento de una pena de ocho años de prisión. La defensa, dirigida por el letrado David Fechenbach Marcos, acreditó una vulneración esencial del derecho de defensa, al haber sido condenado el reclamado sin citación al juicio, sin comparecencia y sin asistencia letrada. Es un ejemplo de cómo el dominio técnico de la materia y el trabajo riguroso sobre las garantías procesales pueden ser decisivos ante este órgano.

¿Y si hay componente internacional?

Es muy frecuente en la Audiencia Nacional, y exige una defensa preparada para ello. Muchas de sus causas implican cooperación judicial internacional, comisiones rogatorias, prueba obtenida en el extranjero, extradiciones u órdenes europeas de detención. En estos asuntos, contar con un abogado que domine los idiomas implicados y la mecánica de la cooperación internacional es una ventaja determinante. Este despacho trabaja directamente en español, alemán, inglés y polaco, lo que permite asistir sin barreras de idioma en procedimientos con dimensión transnacional.

¿Te enfrentas a un procedimiento en la Audiencia Nacional? La complejidad de estas causas exige una defensa especializada desde el primer minuto. Contacta con David Fechenbach, colegiado nº 122770 del ICAM, con experiencia acreditada ante la Audiencia Nacional. Atención en español, alemán, inglés y polaco. Asistencia urgente: 652 28 99 82.

Información general sobre Derecho Penal y Procesal en España. No sustituye el estudio individual del caso ni la asistencia de un abogado.

Autoria juridica

Contenido revisado por David Fechenbach Marcos

David Fechenbach Marcos es abogado penalista en ejercicio desde 2015, especializado en Derecho Penal, Derecho Procesal y litigación estratégica, con dedicación a la defensa de alta complejidad ante la Audiencia Nacional, la extradición y la cooperación judicial internacional.

Es colegiado nº 122770 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) desde 2015 y colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Alcalá de Henares, donde ocupa el cargo de Tesorero de su Junta de Gobierno, y es profesor asociado de Derecho Procesal en la Universidad de Alcalá. Ha obtenido ante la Audiencia Nacional la denegación de la extradición a Emiratos Árabes Unidos de un reclamado condenado sin garantías (Auto 00307/2026). Dirige Fechenbach Abogados, despacho con práctica penal en español, alemán, inglés y polaco.

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